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Legislación › Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Artículo 254. Régimen disciplinario.

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Artículo 254. Régimen disciplinario.
1. El puesto de trabajo régimen disciplinario aplicable a los funcionarios locales con habilitación de Tesorero existirá necesariamente en la Comunidad Foral, se regulará por la normativa vigente aplicable a los Ayuntamientos o Agrupaciones funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra, atendiendo a que se refiere el articulo 250, apartado 1, letra a), cuya población exceda las siguientes especialidades:
1) Órganos competentes para la incoación
de 25.000 habitantes. expedientes disciplinarios:
2. a) La responsabilidad del puesto incoación de trabajo expedientes disciplinario por la comisión de Tesorero corresponderá a personal sujeto faltas leves corresponde al estatuto funcionarial, nombrado Alcalde-Presidente de la Corporación y en el caso de entidades agrupadas, corresponde al Alcalde-Presidente del Municipio en el que se hubiera cometido la infracción.
b) La incoación de expedientes disciplinarios
por la propia corporación. En los Ayuntamientos comisión de Municipios cuya población exceda faltas graves o muy graves corresponde al Alcalde-Presidente de 25.000 habitantes se exigirá para la entidad local y en su caso al Director General de Administración Local, cuando lo proponga el acceso Alcalde Presidente y así lo autorice el órgano plenario de la entidad local.
2) Órganos competentes para la imposición de sanciones:
a) Corresponderá la imposición de sanciones por faltas leves
al puesto Alcalde-Presidente de trabajo la Corporación, o en su caso, al Presidente de Tesorero la Agrupación de la que depende orgánicamente el título funcionario.
b) La imposición
de licenciado sanciones por la comisión de faltas graves y muy graves será competencia de quien haya incoado el expediente disciplinado, salvo en Ciencias Económicas o Empresariales o el supuesto que conlleve la separación del servicio, que corresponderá en Derecho. todo caso al Gobierno de Navarra.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2642 Leer Qué cambió
29 de marzo de 2011 BOE-A-2011-6555 Leer Qué cambió
25 de noviembre de 2004 BOE-A-2004-20330 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1990 Texto original Leer

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