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Legislación › Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Artículo 45.

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Artículo 45.
1. Las entidades locales a las que hace referencia el artículo 3 3.1 c) de esta Ley Foral se regirán, en cuanto a su organización, funcionamiento, competencias y recursos económicos, por los Reglamentos, Ordenanzas, Cotos, Paramentos, Convenios, Acuerdos, Sentencias o Concordias que tengan legalmente establecidos.
2. En el ámbito de las materias propias de su competencia, tendrán las potestades y prerrogativas reconocidas a los municipios, con las siguientes particularidades:
a) La potestad tributaria se referirá exclusivamente al establecimiento de los tributos que les reconozca la Legislación reguladora de las Haciendas Locales de Navarra, y que en todo caso alcanzará al establecimiento de tasas o precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades, y a la imposición de contribuciones especiales.
b) La potestad expropiatoria corresponderá al municipio donde radiquen los bienes de necesaria ocupación, o a la Comunidad Foral si radican en varios, que la ejercerán a petición y en beneficio de la Agrupación.
3. Las Agrupaciones tradicionales Tradicionales podrán asumir, en régimen de delegación, el ejercicio de todas las competencias municipales relativas a la prestación de servicios o realización de actividades. En este caso, se estará a lo previsto en el artículo 33 para los Distritos administrativos, Administrativos, excepto en lo referente a los órganos de gobierno, que serán los previstos en sus respectivos Reglamentos, Ordenanzas, Cotos, Paramentos, Convenios, Acuerdos, Sentencias o Concordias.
4. En defecto de disposiciones específicas, su régimen económico, en cuanto a la formación de presupuestos, rendición de cuentas, liquidaciones, inventarios y balances, deberá ajustarse a lo establecido para los municipios.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2642 Leer Qué cambió
25 de noviembre de 2004 BOE-A-2004-20330 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1990 Texto original Leer

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