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Legislación › Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Disposición transitoria octava.

Disposición transitoria octava.

Los expedientes de alteración de términos municipales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley continuarán su tramitación y se resolverán de acuerdo con las disposiciones anteriormente vigentes.

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