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Legislación › Real Decreto 1066/1990, de 27 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal que deben reunir los productos cárnicos destinados al comercio intracomunitario e importados de países terceros.

Art. 13.

Art. 13.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 646/1992, de 12 de junio. BOE-A-1992-17186

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de julio de 1992 En vigor BOE-A-1992-17186 Leer Qué cambió
15 de agosto de 1990 Texto original Leer

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