Legislación › Real Decreto 1066/1990, de 27 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal que deben reunir los productos cárnicos destinados al comercio intracomunitario e importados de países terceros.
Art. 13.
Art. 13.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 646/1992, de 12 de junio. BOE-A-1992-17186
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de julio de 1992 En vigor | BOE-A-1992-17186 | Leer | Qué cambió |
| 15 de agosto de 1990 | Texto original | Leer |


