Legislación › Real Decreto 1066/1990, de 27 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal que deben reunir los productos cárnicos destinados al comercio intracomunitario e importados de países terceros.
Art. 4
Art. 4
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1976/2004, de 1 de octubre. BOE-A-2004-17702
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2004 En vigor | BOE-A-2004-17702 | Leer | Qué cambió |
| 15 de agosto de 1990 | Texto original | Leer |


