Legislación › Ley 15/1990, de 9 de julio, de Ordenación Sanitaria.
Artículo 30. Composición.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de mayo de 2000 y la del 31 de diciembre de 2011.
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Artículo 30. Composición.
1. El Consejo consejo de Salud salud de la Región Sanitaria será región sanitaria es el órgano de participación comunitaria en las demarcaciones territoriales del Servicio Catalán de la Salud y se compondrá compone de los siguientes miembros:
a) Cuatro representantes de la Generalidad Administración de Cataluña, la Generalidad, uno de los cuales será su Presidente. es el presidente o presidenta.
b) Dos representantes de los Consejos Comarcales del territorio consejos comarcales de la región correspondiente. región.
c) Dos representantes de los Ayuntamientos del territorio ayuntamientos de la región correspondiente. región.
d) Dos representantes de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito territorial de la Región. región.
e) Dos representantes de las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito territorial de la Región. región.
f) Un representante Dos representantes de las asociaciones de consumidores y usuarios más representativas en el ámbito territorial de la Región. región.
g) Un representante Dos representantes de las corporaciones profesionales sanitarias. sanitarias de Cataluña.
El secretario o secretaria del consejo de salud de la región sanitaria es uno de sus miembros.
2. Los miembros del Consejo de Salud de la Región Sanitaria son nombrados y separados del cargo por el consejero o consejera de Sanidad y Seguridad Social, a propuesta de cada una de las representaciones que lo componen. En el caso de los representantes de los consejos comarcales y ayuntamientos, la propuesta será efectuada por las entidades asociativas de entes locales de Cataluña. El nombramiento se realiza por un período máximo de cuatro años, sin perjuicio de que los interesados puedan ser reelegidos sucesivamente, siempre que disfruten de la requerida representación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 30 de mayo de 2000 | BOE-A-2000-11470 | Leer | Qué cambió |
| 19 de agosto de 1990 | Texto original | Leer |


