LexTotal

Legislación › Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.

Artículo 14.

Artículo 14.

La Junta de Gobierno estará integrada por una representación proporcional de todas las entidades presentes en el Consejo Insular. Su composición se determinará estatutariamente.

← Artículo 13 Índice Artículo 15 →