Legislación › Ley 14/1990, de 26 de julio, de Reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias
Artículo 26.
Artículo 26.
La Administración de la Comunidad Autónoma sirve con objetividad los intereses generales, actúa de acuerdo con los principios constitucionales y estatutarios y con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.


