LexTotal

Legislación › Ley 14/1990, de 26 de julio, de Reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 3/2026, de 16 de junio. BOE-A-2026-17189

Se modifica por el art. 2 de la Ley 8/2001, de 3 de diciembre. BOE-A-2002-1379

Se numera el párrafo existente como apartado 1 y se añaden los apartados 2 y 3 por el art. 5 de la Ley 4/1996, de 5 de noviembre. BOE-A-1996-26158

Redactado conforrme a la corrección de errores publicada en el BOC num. 7, de 15 de enero de 1997. BOE-A-1997-2168

 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-17189 Leer Qué cambió
15 de diciembre de 2001 BOE-A-2002-1379 Leer Qué cambió
12 de noviembre de 1996 BOE-A-1996-26158 Leer Qué cambió
21 de agosto de 1990 Texto original Leer

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →