Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Grupo 041. Avicultura de puesta
Agrupación 04. Avicultura
Grupo 041. Avicultura de puesta
Epígrafe 041.1. Reproductoras de puesta. Cuota de 4 pesetas por cabeza. (0,024040 euro)
Epígrafe 041.2. Ponedoras de huevos a partir de los cuatro meses de edad. Cuota de 2 pesetas por cabeza. (0,012020 euro)
Notas al grupo 041:
1.ª Las pollitas de puesta hasta cuatro meses de edad no se computarán.
2.ª El pago de las cuotas de cualesquiera de los epígrafes de este grupo faculta para la incubación y cría o recría de pollitas, siempre que éstas sean destinadas a explotaciones de puesta del propio sujeto pasivo.
Grupo 042. Avicultura de carne:
Epígrafe 042.1. Reproductoras de carne. Cuota de 4 pesetas por cabeza. (0,024040 euro)
Epígrafe 042.2. Pollos y patos para carne. Cuota de 1 peseta por cabeza. (0,006010)
Epígrafe 042.3. Pavos, faisanes y palmipedas reproductoras. Cuota de 2 pesetas por cabeza. (0,012020 euro)
Epígrafe 042.4. Pavos, faisanes y palmípedas para carne. Cuota de 3 pesetas por cabeza. (0,018030 euro)
Epígrafe 042.5. Codornices para carne. Cuota de 1 peseta por cabeza. (0,006010 euro)
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Se añade por el art. único y anexo I del Real Decreto Legislativo 1259/1991, de 2 de agosto. BOE-A-1991-19977.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1995-27964 | Leer | Qué cambió |
| 18 de enero de 2007 | BOE-A-2006-22865 | Leer | Qué cambió |
| 7 de agosto de 1991 | BOE-A-1991-19977 | Leer |


