LexTotal

Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Grupo 211. Ingenieros Aeronáuticos.

Agrupación 21. Ingenieros Aeronáuticos y Navales, Ingenieros de Telecomunicación e Ingenieros de Armamento y Construcción y similares.

Grupo 211. Ingenieros Aeronáuticos.

Cuota de: 43.470 pesetas. (261,26 euros)

Grupo 212. Ingenieros Navales.

Cuota de: 36.846 pesetas. (221,45 euros)

Grupo 213. Ingenieros de Telecomunicación.

Cuota de: 45.230 pesetas. (271,84 euros)

Grupo 214. Ingenieros de Armamento y Construcción, de Armas Navales y Electromecánicos del ICAI.

Cuota de: 42.435 pesetas. (255,04 euros)

Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. BOE-A-1995-27964.

Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1995-27964 Leer Qué cambió
22 de octubre de 1990 Texto original Leer

← Agrupación 19 Índice Agrupación 22 →