Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Grupo 711. Actuarios de seguros.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de octubre de 1990 y la del 18 de enero de 2001.
Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Agrupación 71. Profesionales relacionados con los seguros.
Grupo 711. Actuarios de seguros.
Cuota de: 38.000 39.330 pesetas. (236,38 euros)
Grupo 712. Agentes, representantes Agentes y corredores de seguros.
Cuota de: 40.800 pesetas. 24.840 pesetas. (149,29 euros)
Grupo 713. Agentes de seguros afectos no representantes.
Cuota de: 24.000
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1995-27964 | Leer | Qué cambió |
| 18 de enero de 2001 | BOE-A-2000-24265 | Leer | Qué cambió |
| 22 de octubre de 1990 | Texto original | Leer |


