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Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Grupo 851. Representantes técnicos del espectáculo.

Agrupación 85. Profesionales relacionados con el espectáculo.

Grupo 851. Representantes técnicos del espectáculo.

Cuota de: 42.435 pesetas. (255,04 euros)

Grupo 852. Apoderados y representantes taurinos.

Cuota de: 41.400 pesetas. (248,82 euros)

Grupo 853. Agentes de colocación de artistas.

Cuota de: 41.400 pesetas. (248,82 euros)

Grupo 854. Expertos en organización de congresos, asambleas y similares.

Cuota de: 25.254 pesetas. (151,78 euros)

Grupo 855. Agentes y Corredores de apuestas en los espectáculos.

Cuota de: 24.323 pesetas. (146,18 euros)

Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. BOE-A-1995-27964.

Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1995-27964 Leer Qué cambió
22 de octubre de 1990 Texto original Leer

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