Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Grupo 851. Representantes técnicos del espectáculo.
Agrupación 85. Profesionales relacionados con el espectáculo.
Grupo 851. Representantes técnicos del espectáculo.
Cuota de: 42.435 pesetas. (255,04 euros)
Grupo 852. Apoderados y representantes taurinos.
Cuota de: 41.400 pesetas. (248,82 euros)
Grupo 853. Agentes de colocación de artistas.
Cuota de: 41.400 pesetas. (248,82 euros)
Grupo 854. Expertos en organización de congresos, asambleas y similares.
Cuota de: 25.254 pesetas. (151,78 euros)
Grupo 855. Agentes y Corredores de apuestas en los espectáculos.
Cuota de: 24.323 pesetas. (146,18 euros)
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1995-27964 | Leer | Qué cambió |
| 22 de octubre de 1990 | Texto original | Leer |


