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Legislación › Real Decreto 1254/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la utilización de nombres geográficos protegidos por Denominaciones de Origen, Genéricas y Específicas en productos agroalimentarios.

Artículo único.

Artículo único.

Queda prohibido el uso indebido en el etiquetado de los nombres geográficos coincidentes con los de una denominación de origen, específica o genérica, entendiéndose por uso indebido la presentación de dichos nombres conforme a modalidades que excedan los usos habituales tradicionales en materia de indicación de domicilio del fabricante, distribuidor o importador de los productos de análoga naturaleza a los protegidos, y que puedan inducir a error al consumidor.

Se modifica por el art. único del Real Decreto 1396/1993, de 4 de agosto. BOE-A-1993-24621.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de octubre de 1993 En vigor BOE-A-1993-24621 Leer Qué cambió
7 de noviembre de 1990 Texto original Leer

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