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Legislación › Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional.

Artículo 33. Ingreso en otro Cuerpo de la Administración.

Artículo 33. Ingreso en otro Cuerpo de la Administración.

En el caso de punto a) del artículo 31 de este Reglamento, el interesado deberá adjuntar a su solicitud documento acreditativo de su pertenencia al servicio activo, a otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas o de Justicia, o de su condición de funcionario de prácticas, o bien su contratación por Organismo, Entidad o Empresa de sector público.

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