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Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Defensa · Publicada el 14 de noviembre de 1990 · Último cambio el 12 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- preambulo 2 redacciones · cambió el 12/12/2015
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición derogaria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Firma
- REGLAMENTO
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Adquisición de la condición.
- Artículo 2. Escalafonamiento.
- Artículo 3. Pérdida de la condición.
- Artículo 4. Condiciones para la renuncia. 2 redacciones · cambió el 07/06/1995
- Artículo 5. Procedimiento.
- Artículo 6. Efectos.
- Artículo 7. Retiro.
- Artículo 8. Derechos del retirado.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Adquisición de la condición de militar de empleo. 2 redacciones · cambió el 31/08/1992
- Artículo 10. Compromisos. 2 redacciones · cambió el 31/08/1992
- Artículo 11. Primer empleo. 2 redacciones · cambió el 31/08/1992
- Artículo 12. Juramento o promesa.
- Artículo 13. Finalización del compromiso.
- Artículo 14. Resolución del compromiso.
- Artículo 15. Procedimiento para la resolución. 2 redacciones · cambió el 31/08/1992
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 16. Situaciones administrativas.
- Artículo 17. Limitación al cambio de situación administrativa.
- Artículo 18. Publicidad.
- Artículo 19. Retribuciones.
- Artículo 20. Incompatibilidades.
- CAPÍTULO II
- Artículo 21. Situación de servicio activo.
- Artículo 22. Prisionero o desaparecido.
- Artículo 23. Pérdida temporal de condiciones psicofísicas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 24. Situación de disponible.
- Artículo 25. Efectos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 26. Situación de servicio especiales.
- Artículo 27. Misiones internacionales.
- Artículo 28. Concesión por interés para la defensa.
- Artículo 29. Efectos.
- Artículo 30. Concesión.
- CAPÍTULO V
- Artículo 31. Situación de excedencia voluntaria.
- Artículo 32. Tiempo mínimo de servicios efectivos.
- Artículo 33. Ingreso en otro Cuerpo de la Administración.
- Artículo 34. Consideración de candidato.
- Artículo 35. Miembros del Gobierno o de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas o altos cargos de los mismos.
- Artículo 36. Ingreso en otra Escala.
- Artículo 37. Cuidado de hijo.
- Artículo 38. Permanencia en la situación.
- Artículo 39. Inmovilización en el escalafón.
- Artículo 40. Efectos.
- Artículo 41. Concesión.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 42. Situación de suspenso de empleo.
- Artículo 43. Efectos.
- Artículo 44. Pase a la situación.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 45. Situación de suspenso de funciones.
- Artículo 46. Procedimientos.
- Artículo 47. Notificación.
- Artículo 48. Efectos de la suspensión de funciones.
- Artículo 49. Suspensión de funciones temporal.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 50. Situación de reserva.
- Artículo 51. Reserva por tiempo de permanencia en el empleo.
- Artículo 52. Reserva a petición propia.
- Artículo 53. Reserva por edad.
- Artículo 54. Reserva por decisión del Gobierno.
- Artículo 55. Resolución.
- Artículo 56. Efectos.
- Artículo 57. Cambio de situación.
- Artículo 58. Movilización.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 59. Ámbito y clases.
- Artículo 60. Reserva o licencia absoluta.
- CAPÍTULO X
- Artículo 61. Recursos.
- Disposición adicional primera. Situación ajena al servicio activo.
- Disposición adicional segunda. Militares profesionales de tropa y marinería hasta la edad de retiro.
- Disposición adicional tercera. Retiro forzoso.
- Disposición adicional cuarta. Cómputo de tiempo para reserva.
- Disposición adicional quinta. Cómputo de tiempo para pase a reserva a petición propia.
- Disposición adicional sexta. Reserva para Escalas a extinguir.
- Disposición adicional séptima. Competencias en relación con los Cuerpos comunes de la Fuerzas Armadas.
- Disposición transitoria primera. Cambio de situación.
- Disposición transitoria segunda. Tiempos mínimos de servicios efectivos por curso.
- Disposición transitoria tercera. Excedencia voluntaria.
- Disposición transitoria cuarta. Reemplazo por herido o reemplazo por enfermo.
- Disposición transitoria quinta. Excedencia especial.
- Disposición transitoria sexta. Supernumerario.
- Disposición transitoria séptima. Procesado.
- Disposición transitoria octava. Reserva.
- Disposición transitoria novena. Reserva transitoria.
- Disposición transitoria décima. Segunda reserva de Oficiales Generales.
- Disposición transitoria undécima. Escalafonamiento.
- Disposición transitoria duodécima. Calendario progresivo.
- Disposición transitoria decimotercera. Guardia Civil.


