Legislación › Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional.
Disposición transitoria séptima. Procesado.
Disposición transitoria séptima. Procesado.
Quienes se encuentren en situación de procesado podrán pasar a la situación de suspenso de funciones o, en su caso, a la de disponible. A estos efectos los Mandos o Jefatura de Personal de los Ejércitos elevarán al Ministro de Defensa, a través del Director general de Personal del Ministerio de Defensa, propuesta razonada sobre el cambio de situación.
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