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Legislación › Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional.

Artículo 47. Notificación.

Artículo 47. Notificación.

La autoridad judicial o gubernativa que tramite un procedimiento judicial o incoe un expediente gubernativo notificará al Jefe del Estado Mayor del Ejército correspondiente la iniciación de dichos trámites a los efectos del artículo 46 de este Reglamento.

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