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Legislación › Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística.

Artículo 65.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de noviembre de 1990 y la del 19 de febrero de 2012. Tachado: lo que se quitó (106 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 65.
1. En el plazo de dos meses, contados meses a contar a partir de la notificación del acuerdo de suspensión, se deberá pedir solicitar la oportuna licencia. Para tramitarla será necesario formalizar a favor de la Administración actuante una fianza o aval bancario equivalente al 20 por 100 del presupuesto del proyecto técnico para garantizar el pago de las cantidades que resulten como consecuencia de la sanción que fuese procedente imponer o de las medidas de restablecimiento de la realidad física alterada.
No se exigirá la fianza o aval al que se refiere el párrafo anterior cuando la causa de suspensión sea la declaración de nulidad de la licencia, a no ser que en el expediente se haya apreciado la existencia de engaño, culpa o negligencia graves imputables al perjudicado.

2. El mismo requerimiento se efectuará cuando no hayan transcurrido más de ocho años desde la total finalización de las obras, de acuerdo a lo que dispone el artículo 73.
3. Las infracciones urbanísticas que afecten zonas verdes y espacios libres públicos, sistemas generales, viales, equipamientos públicos, espacios naturales especialmente protegidos, áreas naturales de especial interés y suelos no urbanizables de especial protección, monumentos histórico-artísticos y edificios y conjuntos catalogados que no sean legalizables, no estarán sujetos al plazo de dos meses para que se formule su solicitud. El instructor ha de formular propuesta de demolición y la tramitación se ha de continuar de acuerdo con lo dispuesto en los artículos siguientes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de junio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9374 Leer Qué cambió
19 de febrero de 2012 BOE-A-2012-90025 Leer Qué cambió
18 de noviembre de 1990 Texto original Leer

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