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Legislación › Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 36. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 36. Exacción por la Comunidad Foral de Navarra.

Corresponderá a la Comunidad Foral la gestión, inspección, recaudación y revisión de las exacciones reguladoras de precios que afecten a bienes o productos almacenados en Navarra, salvo que tales exacciones se destinen a financiar órganos o servicios que no sean de la Comunidad Foral.

Corresponderá en todo caso al Estado la competencia para el establecimiento y regulación de las citadas exacciones.

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