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Legislación › Circular 1/1990, de 31 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre normas contables, modelos reservados y públicos de los estados financieros, cuentas anuales de carácter público y auditoría de las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores.

Norma 9.ª Clases de estados financieros de carácter reservado.

Norma 9.ª Clases de estados financieros de carácter reservado.

Las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores deberán presentar a la C.N.M.V. los estados que a continuación se detallan, en la forma que se establece en la Norma 17.ª de la presente Circular.

– M.1 Balance reservado.

– M.2 Cuenta de pérdidas y ganancias reservada.

– M.3 Detalle de movimientos mensuales del balance.

– M.4 Inventario de la cartera.

– M.8 Detalle de operaciones de crédito al mercado.

– M.9 Control de la fianza colectiva.

– M.10 Desviación en resultados sobre presupuesto.

– M.11 Otras informaciones complementarias.

– A.1 Aplicación del beneficio del ejercicio.

En el Anexo 1 figuran los modelos correspondientes a los estados M.1 y M.2, que se presentarán en miles de euros redondeados. La C.N.M.V. facilitará a las Sociedades Rectoras los modelos correspondientes a los estados M.3 a M.11 y A.1.

Se modifica el último párrafo por la norma primera.I de la Circular 7/1998, de 16 de diciembre. BOE-A-1998-30048

Se derogan las referencias que se hacen a los estados M.5, M.6 y M.7 por la norma única de la Circular 4/1990, de 18 de junio. BOE-A-1990-14501

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1999 En vigor BOE-A-1998-30048 Leer Qué cambió
24 de junio de 1990 BOE-A-1990-14501 Leer Qué cambió
8 de febrero de 1990 Texto original Leer

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