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Legislación › Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Artículo 12.

Artículo 12.

Las resoluciones del Jurado provincial podrán ser objeto de recurso de reposición ante el propio Jurado, previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley reguladora de esta Jurisdicción.

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