Legislación › Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.
Artículo 12.
Artículo 12.
Las resoluciones del Jurado provincial podrán ser objeto de recurso de reposición ante el propio Jurado, previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley reguladora de esta Jurisdicción.


