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Legislación › Ley 17/1989, de 23 de octubre, de Creación de Escalas del Personal Sanitario al Servicio de la Comunidad Autónoma.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

El personal a que se refiere la presente Ley que haya prestado servicios como interino o en régimen de contratación administrativa en la Comunidad Autónoma de Galicia podrá acceder a la condición de funcionario de los Cuerpos de la Administración Especial, en su correspondiente escala, mediante la participación y superación de un concurso-oposición libre, que en su convocaroria habrá de respetar los principios de mérito y capacidad y en el que se valorarán los servicios prestados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

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