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Legislación › Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la Disciplina del Mercado y de Defensa de los Consumidores y de los Usuarios.

Artículo 18. Cierre de Empresas que no reúnan los requisitos legales.

Artículo 18. Cierre de Empresas que no reúnan los requisitos legales.

La autoridad competente podrá adoptar, sin que tenga el carácter de sancion, previa incoación del correspondiente expediente administrativo, la medida de cerrar las instalaciones o los establecimientos que no cuenten con las autorizaciones o los registros preceptivos, o la suspensión de su funcionamiento, hasta que se rectifiquen los defectos o se cumplan los requisitos exigidos. Del mismo modo, podrá suspender la venta cuando se den en su ejercicio las mismas irregularidades.

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