Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Art. 54.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de enero de 1990 y la del 5 de noviembre de 2010.
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Art. 54.
1. La Administración de la Generalidad actuará de acuerdo con los principios de descentralización, desconcentración y coordinación, que informan las prescripciones de la presente Ley.
2. La Administración pública catalana ajustará su actividad a los principios de colaboración mutua y lealtad institucional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de noviembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-13313 | Leer | Qué cambió |
| 11 de enero de 1990 | Texto original | Leer |


