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Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Art. 68.

Art. 68.

Además de los registros de entrada y salida de documentos que preceptúan las normas vigentes, se establecerán los registros comunes a toda la Administración de la Generalidad y oficinas de gestión unificada para determinar procedimientos.

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