Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Art. 68.
Art. 68.
Además de los registros de entrada y salida de documentos que preceptúan las normas vigentes, se establecerán los registros comunes a toda la Administración de la Generalidad y oficinas de gestión unificada para determinar procedimientos.


