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Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Art. 76.

Art. 76.

La Administración adoptará las medidas adecuadas para facilitar, en el trámite de vista y audiencia del interesado, la reproducción de los documentos de los expedientes necesarios para la defensa de los derechos e intereses legítimos del mismo, sin perjuicio del abono de las tasas correspondientes.

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