Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Art. 76.
Art. 76.
La Administración adoptará las medidas adecuadas para facilitar, en el trámite de vista y audiencia del interesado, la reproducción de los documentos de los expedientes necesarios para la defensa de los derechos e intereses legítimos del mismo, sin perjuicio del abono de las tasas correspondientes.


