Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Art. 80.
Art. 80.
Los actos administrativos resolutorios se denominan «acuerdos» si provienen del Gobierno, y «resoluciones» si emanan del Consejero o de otros órganos directivos.


