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Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Art. 80.

Art. 80.

Los actos administrativos resolutorios se denominan «acuerdos» si provienen del Gobierno, y «resoluciones» si emanan del Consejero o de otros órganos directivos.

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