Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Art. 9.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2000 y la del 2 de diciembre de 2008.
Tachado: lo que se quitó (64 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Art. 9.
1. La creación y determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivos de los departamentos en que se estructura la Administración de la Generalidad, se establecen por Decreto de la Presidencia de la Generalidad. (Derogado)
2. El Gobierno, mediante comparecencia, ha de dar cuenta al Parlamento de las modificaciones relativas a los Decretos a que se hace referencia en el apartado 1.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de diciembre de 2008 En vigor | BOE-A-2008-19526 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2000 | BOE-A-2000-7353 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 1991 | BOE-A-1991-9289 | Leer | Qué cambió |
| 11 de enero de 1990 | Texto original | Leer |


