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Legislación › Ley 3/1991, de 4 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

Artículo 51.

Artículo 51.

Funcionan en Régimen de Concejo Abierto:

a) Los Municipios con menos de 100 habitantes.

b) Aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.

c) Aquellos en que la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.

Redactado la corrección de errores publicada en DOCM núm. 29, de 12 de abril de 1991. Ref. DOCM-q-1991-90254.

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