Legislación › Ley 3/1991, de 4 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
Artículo 51.
Artículo 51.
Funcionan en Régimen de Concejo Abierto:
a) Los Municipios con menos de 100 habitantes.
b) Aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.
c) Aquellos en que la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.
Redactado la corrección de errores publicada en DOCM núm. 29, de 12 de abril de 1991. Ref. DOCM-q-1991-90254.


