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Legislación › Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Todas las referencias de la presente Ley realizadas a la Consejería de Política Territorial se entenderán hechas a la Consejería con competencias en materia de carreteras.

Se añade por el art. 4.20 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre. BOE-A-2023-7343

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