LexTotal

Legislación › Ley 6/1991, de 26 de abril, de creación del Centro de Investigación del Medio Ambiente.

Artículo 4. Convenios.

Artículo 4. Convenios.

Para el mejor desarrollo de sus funciones, el Centro podrá concertar Convenios con Entidades locales, Instituciones y Empresas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como con la Confederación Hidrográfica, la Universidad, el Ministerio de Industria y otros Ministerios y los Consejos de Gobierno de otras Autonomías.

Los Convenios podrán ser:

a) Particulares, de contenido y fin determinado, correspondiendo su aprobación a los órganos de Gobierno del Centro.

b) De carácter general o Convenio-marco, aprobados por el Consejo de Gobierno, y dentro de los cuales podrán celebrarse Convenios particulares.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →