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Legislación › Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León.

Artículo 11.

Artículo 11.

1. La salida de documentos históricos de los archivos públicos radicados en Castilla y León que no sean de titularidad estatal deberá ser autorizada por la Consejería de Cultura y Bienestar Social.

2. La salida de su sede de documentos históricos conservados en los archivos de titularidad estatal que se encuentren en Castilla y León se comunicará a la Consejería de Cultura y Bienestar Social.

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