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Legislación › Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Artículo 35. Normas generales.

Artículo 35. Normas generales.

La titularidad de las competencias de gestión, liquidación, recaudación inspección y revisión del Impuesto corresponde al Estado sin perjuicio de lo dispuesto en las respectivas Leyes de Cesión a las Comunidades Autónomas.

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