LexTotal

Legislación › Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.

Artículo 31. Requisitos formales de la deducción.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1992 y la del 1 de enero de 1998. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 31. Requisitos formales de la deducción.
1. Sólo podrán ejercitar el derecho a la deducción los sujetos pasivos que estén en posesión del documento justificativo de su derecho.
Se consideran documentos justificativos del derecho a la deducción:
1.º La factura original expedida por quien realice la entrega o preste el servicio.
2.º El documento acreditativo del pago del Impuesto a la importación.
3.º El documento expedido en el supuesto de inversión del sujeto pasivo previsto en esta Ley.
2. Los referidos documentos únicamente justificarán el derecho a la deducción cuando se ajusten a lo dispuesto en esta Ley y en las normas reglamentarias dictadas para su desarrollo.
3. Tratándose de bienes adquiridos en común por varios sujetos pasivos, cada uno de los adquirentes podrá efectuar la deducción de la parte proporcional correspondiente, siempre que en cada uno de los ejemplares de la factura o documento justificativo se consigne, en forma distinta y separada, la porción de base imponible y cuota repercutida a cada uno de los adquirentes en común.
4. En ningún caso será admisible el derecho a deducir en cuantía superior a la cuota tributaria expresa y separadamente consignada que haya sido repercutida o, en su caso, satisfecha según el documento justificativo de la deducción, salvo en el caso de la deducción que se establece en el número 3 del artículo 29 de esta Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-12329 Leer Qué cambió
23 de octubre de 2013 BOE-A-2013-11125 Leer Qué cambió
6 de marzo de 2011 BOE-A-2011-4117 Leer Qué cambió
26 de diciembre de 2008 BOE-A-2008-20802 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2002-25412 Leer Qué cambió
1 de enero de 1998 BOE-A-1997-28053 Leer Qué cambió
1 de enero de 1992 Texto original Leer

← Artículo 30 Índice Artículo 32 →