Legislación › Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
Artículo 51. Determinación del volumen de operaciones.
Artículo 51. Determinación del volumen de operaciones.
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por la disposición final 6.7 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. BOE-A-2022-22128
Se modifica el párrafo primero del apartado 1 por el art. 10.1.14 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-24965.
Se modifica por el art. 9.11 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre. BOE-A-1999-24786.
Se modifica por el art. 9.8 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. BOE-A-1997-28053.
Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 254, de 23 de octubre de 1991. BOE-A-1991-25681
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2022-22128 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2001-24965 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2000 | BOE-A-1999-24786 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1998 | BOE-A-1997-28053 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1992 | Texto original | Leer |


