Legislación › Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
No están sujetas al Arbitrio las siguientes transmisiones de bienes:
1.º Los incluidos en el Anexo I de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias, en los supuestos comprendidos en los números 1.º, 4.º, 5.º, 7.º y 8.º del artículo 9 de esta Ley.
2.º Las segundas y ulteriores entregas de los bienes efectuadas por los productores en el supuesto de recompra de los mismos.
Se modifica el apartado 1 por el art. 2.18 de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre. BOE-A-2014-12329.
Esta modificación surte efectos desde el 1 de julio de 2014, según establece la disposición final 5.c).
Se modifica y renumera por el art. 11.1 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-24965.
Su anterior numeración era art. 72.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2014-12329 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2001-24965 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1992 | Texto original | Leer |


