Legislación › Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 1 de enero de 2015.
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Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
No están sujetas al Arbitrio las siguientes transmisiones de bienes:
1.º Los incluidos en el anexo IV Anexo I de esta la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias, en los supuestos comprendidos en los números 1.º, 4.º, 5.º, 7.º y 8.º del artículo 9.º 9 de la misma. esta Ley.
2.º Las segundas y ulteriores entregas de los bienes efectuadas por los productores en el supuesto de recompra de los mismos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2014-12329 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2001-24965 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1992 | Texto original | Leer |


