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Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Artículo 25.

Artículo 25.

En el año académico 1992-93 se implantarán los cursos 1.º y 2.º del Grado Elemental y dejarán de impartirse las enseñanzas establecidas según el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 24 de octubre), sobre Reglamentación general de los Conservatorios de Música correspondientes a los cursos siguientes:

1.º y 2.º de «Solfeo» y «Teoría de la Música»;

1.º de las especialidades de diez años;

1.º de las especialidades de ocho años;

1.° de las especialidades de siete años, y

1.º de las especialidades de cinco años.

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria 2.1 del Real Decreto 535/1993, de 12 de abril. BOE-A-1993-11247.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de mayo de 1993 En vigor BOE-A-1993-11247 Leer Qué cambió
26 de junio de 1991 Texto original Leer

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