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Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Artículo 36.

Artículo 36.

1. En el año académico 1992-1993 se implantará el curso primero del grado elemental correspondiente a la nueva ordenación del sistema educativo.

2. A partir del año académico 1993-1994 se implantarán progresivamente los restantes cursos del grado elemental.

3. A partir del año 1992-1993, en que dejará de impartirse el curso primero de las enseñanzas anteriores a la nueva ordenación del sistema educativo, se realizará progresivamente la extinción de dichas enseñanzas.

Se modifica por el art. único.20 del Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio. BOE-A-1994-17631.

Se modifica por el art. único.20 del Real Decreto 535/1993, de 12 de abril. BOE-A-1993-11247.

Téngase en cuenta para la aplicación la disposición transitoria 2.2.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de julio de 1994 En vigor BOE-A-1994-17631 Leer Qué cambió
5 de mayo de 1993 BOE-A-1993-11247 Leer Qué cambió
26 de junio de 1991 Texto original Leer

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