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Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Artículo 37.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 1993 y la del 29 de julio de 1994. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (54 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 37.
1. En el año académico 1996-1997 se implantará el curso primero de del grado medio correspondiente a la nueva ordenación del sistema educativo.
2. En el año académico 1997-1998 se implantará el curso segundo de del grado medio.
3. En el año académico 1998-1999 se implantará el segundo ciclo de tercer curso del grado medio y en medio.
4. En
el año académico 1999-2000 se implantará el cuarto curso del grado medio.
5. En el año académico 2000-2001 se implantará el
tercer ciclo. ciclo del grado medio, fecha a partir de la cual deberán cumplirse las condiciones establecidas en la disposición transitoria tercera, 2, del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de febrero de 1998 En vigor BOE-A-1998-3563 Leer Qué cambió
29 de julio de 1994 BOE-A-1994-17631 Leer Qué cambió
5 de mayo de 1993 BOE-A-1993-11247 Leer Qué cambió
26 de junio de 1991 Texto original Leer

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