Legislación › Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales.
Artículo 16.
Artículo 16.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 4/2003, de 7 de abril. BOE-A-2003-9620.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de abril de 2003 En vigor | BOE-A-2003-9620 | Leer | Qué cambió |
| 8 de agosto de 1991 | Texto original | Leer |


