Legislación › Ley Foral 10/1991, de 16 de marzo, sobre prevención y limitación del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera.
Las Empresas publicitarias y medios de comunicación afectados deberán remitir al Gobierno de Navarra, en el plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley Foral, una relación de los compromisos pendientes de ejecución.
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