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Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 16 de noviembre de 1991 · Último cambio el 5 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Art. 1.
- Art. 2.
- Art. 3.
- Firma
- ANEXO
- TITULO I
- CAPITULO I
- Sección primera
- Art. 1. Naturaleza y objeto.
- Art. 2. Concepto de incremento de patrimonio.
- Art. 3. Supuestos de no sujeción.
- Art. 4. Incompatibilidad con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Sección segunda
- Art. 5. Ámbito de aplicación territorial.
- Art. 6. Cesión del rendimiento del Impuesto.
- Sección tercera
- Art. 7. Principio de calificación.
- Art. 8. Concurrencia de condiciones.
- Art. 9. Afección de los bienes transmitidos.
- CAPITULO II
- Sección primera
- Art. 10. Hecho imponible.
- Art. 11. Títulos sucesorios.
- Art. 12. Negocios jurídicos gratuitos e «ínter vivos».
- Art. 13. Supuestos de sujeción del seguro de accidentes.
- Art. 14. Prestaciones periódicas.
- Sección segunda
- Art. 15. Presunciones de hechos imponibles.
- CAPITULO III
- Sección primera
- Art. 16. Contribuyentes.
- Art. 17. Obligación personal de contribuir.
- Art. 18. Obligación real de contribuir. 2 redacciones · cambió el 05/04/2023
- Sección segunda
- Art. 19. Responsables subsidiarios.
- Art. 20. Extensión y extinción de la responsabilidad subsidiaria.
- CAPITULO IV
- Sección primera
- Art. 21. Regímenes de determinación.
- Sección segunda
- Art. 22. Principio general.
- Art. 23. Determinación del caudal hereditario.
- Art. 24. Determinación del valor neto de la participación individual.
- Art. 25. Bienes adicionables por haber pertenecido al causante en el año anterior al fallecimiento.
- Art. 26. Bienes adicionables por haberlos adquirido en usufructo el causante en los tres años anteriores al fallecimiento.
- Art. 27. Bienes adicionables por haber transmitido el causante su nuda propiedad en los cinco años anteriores al fallecimiento.
- Art. 28. Bienes adicionables en supuestos de endoso de valores o efectos.
- Art. 29. Exclusión de la adición y deducción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Art. 30. Presunción sobre la proporción atribuible al causante en bienes en situación de indivisión.
- Art. 31. Deducción de cargas y gravámenes.
- Art. 32. Deducción de deudas del causante.
- Art. 33. Deducción de gastos.
- Art. 34. Valoración del ajuar doméstico.
- Sección tercera
- Art. 35. Principio general.
- Art. 36. Deducción de cargas.
- Art. 37. Deducción de deudas del donante.
- Art. 38. Donación de bienes comunes de la sociedad conyugal. 2 redacciones · cambió el 08/04/2010
- Sección cuarta
- Art. 39. Principio general.
- Sección quinta
- Art. 40. Principios generales. 2 redacciones · cambió el 30/11/2001
- Art. 41. Derecho de adquisición por la Administración.
- CAPITULO V
- Art. 42. Reducciones generales.
- CAPITULO VI
- Art. 43. Tarifa.
- CAPITULO VII
- Sección primera
- Art. 44. Aplicación de coeficientes.
- Art. 45. Valoración del patrimonio preexistente.
- Sección segunda
- Art. 46. Regla general.
- CAPITULO VIII
- Sección primera
- Art. 47. Devengo.
- Sección segunda
- Art. 48. Prescripción.
- CAPITULO IX
- Sección primera
- Art. 49. Usufructos.
- Art. 50. Uso y habitación.
- Art. 51. Reglas especiales.
- Art. 52. Instituciones equiparables al derecho de usufructo o de uso.
- Sección segunda
- Art. 53. Sustituciones.
- Sección tercera
- Art. 54. Fideicomisos. 2 redacciones · cambió el 14/05/2012
- Sección cuarta
- Art. 55. Reservas.
- Sección quinta
- Art. 56. Principio de igualdad en la partición y excesos de adjudicación.
- Art. 57. Pago de la legítima viudal con entrega de bienes en pleno dominio.
- Sección sexta
- Art. 58. Repudiación y renuncia.
- Sección séptima
- Art. 59. Donaciones onerosas y remuneratorias.
- Sección octava
- Art. 60. Acumulación de donaciones entre sí.
- Art. 61. Acumulación de donaciones a la herencia del donante.
- CAPITULO X
- Art. 62. Principio general.
- TITULO II
- CAPITULO I
- Art. 63. Competencia funcional.
- Art. 64. Presentación de documentos y declaraciones.
- Art. 65. Carácter del presentador del documento.
- CAPITULO II
- Sección primera
- Art. 66. Contenido del documento y documentación complementaria. 2 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Sección segunda
- Art. 67. Plazos de presentación.
- Art. 68. Prórroga de los plazos de presentación.
- Art. 69. Suspensión de los plazos de presentación.
- Sección tercera
- Art. 70. Competencia territorial.
- Art. 71. Competencia territorial y atribución de rendimientos.
- Art. 72. Unidad de competencia territorial.
- Sección cuarta
- Art. 73. Órganos competentes para su resolución. 2 redacciones · cambió el 25/11/1998
- Sección quinta
- Art. 74. Tramitación de los documentos presentados.
- Art. 75. Supuesto de herederos desconocidos.
- Art. 76. Constancia del carácter de las liquidaciones.
- Art. 77. Liquidaciones complementarias.
- Sección sexta
- Art. 78. Liquidaciones parciales a cuenta.
- Sección séptima
- Art. 79. Notificación de liquidaciones.
- Art. 80. Plazos y forma de pago.
- Art. 81. Supuestos generales de aplazamiento y fraccionamiento.
- Art. 82. Aplazamiento por término de hasta un año.
- Art. 83. Fraccionamiento hasta por cinco anualidades.
- Art. 84. Aplazamiento en caso de causahabientes desconocidos.
- Art. 85. Aplazamiento en caso de transmisión de empresas individuales y de la vivienda habitual.
- Art. 85 bis. Fraccionamiento de la cuota derivada de las cantidades percibidas en forma de renta por contratos de seguro sobre la vida.
- CAPITULO III
- Sección primera
- Art. 86. Régimen de autoliquidación: Requisitos.
- Art. 87. Presentación e ingreso de autoliquidaciones. 2 redacciones · cambió el 12/03/2002
- Art. 87 bis. Regulación de los medios de acreditación de la presentación y pago, en su caso, del impuesto, ante la oficina gestora competente, para los contribuyentes que deban tributar a la Administración Tributaria del Estado.
- Sección segunda
- Art. 88. Tramitación de autoliquidaciones.
- Sección tercera
- Art. 89. Autoliquidaciones parciales a cuenta.
- Sección cuarta
- Art. 90. Aplazamiento y fraccionamiento de autoliquidaciones.
- CAPITULO IV
- Art. 91. Normas generales.
- TITULO III
- CAPITULO I
- Art. 92. Procedimiento.
- CAPITULO II
- Art. 93. Procedimiento.
- CAPITULO III
- Art. 94. Procedimiento.
- CAPITULO IV
- Art. 95. Procedimiento.
- CAPITULO V
- Art. 96. Procedimiento.
- CAPITULO VI
- Art. 97. Procedimiento.
- TITULO IV
- Art. 98. Tasación pericial contradictoria.
- TITULO V
- Art. 99. Principio general sobre admisión de documentos.
- Art. 100. Cierre registral.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición transitoria novena.
- Disposición transitoria décima.


