Legislación › Ley 29/1991, de 16 de diciembre, de adecuación de determinados conceptos impositivos a las Directivas y Reglamentos de las Comunidades Europeas.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.27 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre. BOE-A-1995-27752.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1995-27752 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1992 | Texto original | Leer |


