Legislación › Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992.
Artículo sesenta. Avales de los Organismos autónomos y otros Entes públicos.
Artículo sesenta. Avales de los Organismos autónomos y otros Entes públicos.
Uno. Se autoriza al Instituto Nacional de Industria a prestar avales en el ejercicio de 1992, en relación con las operaciones de crédito que concierten las Sociedades mercantiles en cuyo capital participa, hasta un límite máximo de 200.000 millones de pesetas.
Dos. Se autoriza al Instituto Nacional de Hidrocarburos a prestar avales en el ejercicio de 1992, en relación con las operaciones de crédito que concierten las Sociedades mercantiles en cuyo capital participa, hasta un límite máximo de 150.000 millones de pesetas.
Tres. Se autoriza al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» a prestar aval en el ejercicio 1992, a la Sociedad estatal HISPASAT, S. A., hasta un límite máximo de 3.150 millones de pesetas, en relación con las operaciones de crédito que esta última concierte.
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