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Legislación › Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992.

Disposición adicional segunda. Seguimiento de objetivos.

Disposición adicional segunda. Seguimiento de objetivos.

Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante 1992 el sistema previsto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 37/1988 serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestione, los siguientes:

Creación de infraestructura de carreteras.

Educación infantil y básica.

Enseñanzas medias.

Gestión e infraestructura de recursos hidráulicos.

Infraestructura del transporte ferroviario.

Investigación científica.

Investigación y desarrollo tecnológico.

Investigación técnica.

Mejora de la infraestructura agraria.

Seguridad vial.

Tribunales de Justicia.

Formación profesional ocupacional.

Atención primaria a la salud.

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