LexTotal

Legislación › Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992.

Disposición adicional vigésima tercera. Régimen tributario del Canal de Isabel II y SEPES.

Disposición adicional vigésima tercera. Régimen tributario del Canal de Isabel II y SEPES.

A partir del 1 de enero de 1992, el Canal de Isabel II y la Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento del Suelo (SEPES) quedarán sometidas al régimen tributario general.

← Disposición adicional vigésima segunda Índice Disposición adicional vigésima cuarta →