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Legislación › Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón.

Artículo 30.

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Artículo 30.
1. La administración, gestión, representación y control de las Cajas de Ahorros corresponde a los siguientes Órganos de gobierno:
a) La Asamblea general.
b) El Consejo de Administración.
c) La Comisión de Control.
Dichos Órganos actuarán siempre de forma colegiada, con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley.
2. Adicionalmente, serán órganos en el seno del consejo de administración, se constituirán las Cajas de Ahorros:
a) El Director General.
b) La Comisión
comisiones de Inversiones.
c) La Comisión
inversiones, de Retribuciones retribuciones y Nombramientos.
d) la Comisión
nombramientos y de la Obra Social. obra social.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-8281 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2010 BOE-A-2011-2105 Leer Qué cambió
19 de enero de 1991 Texto original Leer

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