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Legislación › Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón.

Artículo 34.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2010 y la del 16 de julio de 2014. Tachado: lo que se quitó (20 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 34.
1. La Asamblea asamblea general de las Cajas cajas de Ahorros ahorros es el órgano supremo de gobierno de las mismas. Vela por la integridad del patrimonio de la Caja, caja, la salvaguardia de los intereses de los impositores y por la consecución de los fines de utilidad pública de la Entidad Entidad, y fija las normas directrices de su actuación.
2. Sin perjuicio Los miembros de la representación atribuida a asamblea general se denominarán consejeros generales y en su composición se reflejarán adecuadamente los cuotapartícipes, el resto intereses de sus miembros tienen la denominación las entidades fundadoras, de Consejeros Generales. los impositores y de los destinatarios de la obra social.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-8281 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2010 BOE-A-2011-2105 Leer Qué cambió
19 de enero de 1991 Texto original Leer

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